El MOVIMIENTO SINDICAL, INDÍGENA Y CAMPESINO GUATEMALTECO –MSICG- presentó el día de hoy ante la Comisión de Postulación para la elección de Magistrados para la Corte de Apelaciones Objeción a que sean incluidos en la nominación para ocupar dichos cargos los ciudadanos AURA NELLY GARCÍA DE LEÓN, CARLOS RONALDO PAIZ XULÁ Y NIDIA VIOLETA DOMÍNGUEZ TZUNUM, actuales Magistrados de la Sala Primera de la Corte de Apelaciones de Trabajo y Previsión Social.
Dentro de los argumentos vertidos y documentados por el MSICG están los hechos que se les han imputado a estos ciudadanos en el Proceso Penal instado por la Central Sindical en su contra por los delitos de Falsedad material, Falsedad ideológica, Prevaricato, Colusión, Resoluciones violatorias a la Constitución; Conspiración y Asociación ilícita provenientes de su actuación en un asuntos sometidos a su conocimiento como Magistrados de la Sala Primera de la Corte de Apelaciones de Trabajo y Previsión Social.
El MSICG recuerda que en reiteradas ocasiones estos ciudadanos han omitido su deber de administrar justicia de conformidad con la Constitución, los Convenios internacionales ratificados por el Estado de Guatemala ante la Organización Internacional del Trabajo, la Ley, y los principios del Derecho del Trabajo.
Actuaciones como las que se citan son las que han derivado en que los Órganos de control de la Organización Internacional del Trabajo –OIT- manifiesten su preocupación por el ineficaz, ineficiente y fallido sistema de justicia laboral guatemalteco con el consecuente impacto que esto tiene no sólo en la vida y dignidad de los y las trabajadoras sino que en la misma consolidación del Estado de derecho al que aspiramos y por el que trabajamos como Central Sindical comprometida con la democracia.
El MSICG lamenta que el Magistrado Carlos Ronaldo Paiz Xulá aparte de integrar la lista de aspirantes para ser nombrado como Magistrado de Sala sea integrante de la Comisión de Postulación para la elección de Magistrados de la Corte Suprema de Justicia lo que pone en evidencia la debilidad del sistema de justicia.
Asimismo el MSICG expresa su preocupación por la forma en que la Corte Suprema de Justicia impide que los Jueces y Magistrados que actúan al margen de la ley en el ejercicio de sus cargos sean sometidos a los procesos correspondientes para deducirles las responsabilidades en que incurren, esta actuación de la Corte Suprema de Justicia de seguirse sosteniendo continuará obstruyendo el fortalecimiento del Estado de Derecho y la consolidación de la Paz al convertir el antejuicio en un valladar insalvable para la justicia a lo cual se suma la pasividad del Ministerio Público.
Por último, el MSICG recuerda a los sectores que se han pronunciado respecto a la participación de la sociedad civil en los procesos de elección de Magistrados que, si bien es cierto la Constitución garantiza la independencia de criterio judicial, este no puede sobreponerse a la observancia de la ley ni contravenir la misma puesto que es deber de los Jueces y Magistrados del país de conformidad con el artículo 203 de la Constitución Política de la República de Guatemala administrar la justicia de conformidad con la Constitución y las leyes del país. En ese marco la independencia judicial no debe pretender utilizarse con el ánimo de continuar garantizando la impunidad de los operadores de justicia y exonerarlos de las responsabilidades derivadas de sus actos en el ejercicio de los cargos que ocupan.