Jueves, 19 Abril 2018 13:13

MSICG felicita devolución de funciones constitucionales a la institución del Procurador de los Derechos Humanos

El MOVIMIENTO SINDICAL, INDÍGENA Y CAMPESINO GUATEMALTECO –MSICG- felicita la decisión del actual Procurador de los Derechos Humanos Msc. AUGUSTO JORDÁN RODAS ANDRADE de REVOCAR las Circulares 01-2012 y 2-2012 emitidas en su momento por JORGE EDUARDO DE LEÓN DUQUE.

A través de las citadas Circulares el entonces Procurador de los Derechos Humanos, prohibió a los trabajadores de la Institución del Procurador de los Derechos Humanos recibir, tramitar, conocer y resolver denuncias de violaciones a derechos humanos interpuestas en contra de funcionarios públicos, la Policía Nacional Civil, los jueces y operadores de justicia entre otras y se ordenó que la Institución asumiera un rol de remisora de las personas a cualquier otra dependencia del Estado que no fuera la Procuraduría de los Derechos Humanos.

Es de destacar que la criminalización mediática de la que fue objeto tanto el MSICG como su Sindicato afiliado, SINDICATO DE TRABAJADORES Y TRABAJADORAS DE LA INSTITUCIÓN DEL PROCURADOR DE LOS DERECHOS HUMANOS –SITRAPDH- en su oportunidad se derivó en gran medida de la oposición tanto de la Central Sindical como del SITRAPDH de que se inutilizara de facto el mandato constitucional del Procurador de los Derechos Humanos que es precisamente fiscalizar la debida observancia de los derechos humanos en la gestión de las instituciones y funcionarios públicos.

En ese sentido, el MSICG expresa su satisfacción por la recuperación del mandato constitucional del Procurador de los derechos humanos renunciado por la anterior administración mediante la emisión de las circulares ahora dejadas sin efecto y confía en que ello coadyuve a la construcción de una sociedad democrática y respetuosa de todos los derechos inherentes a la dignidad humana.

El MSICG exhorta al Procurador de los Derechos Humanos a continuar revisando todas las medidas adoptadas en su oportunidad por el anterior Procurador de los Derechos Humanos cuyo objeto, sentido y efecto fue la desnaturalización del mandato constitucional de la Procuraduría de los Derechos Humanos.